En este blog se hará una análisis de la Resolución número SAT-DSI-531-2015 de fecha 18 de agosto de 2015 dictada por el Superintendente de Administración Tributaria Interino, mediante la cual la SAT habilita a Puerto Quetzal como Depósito Aduanero Temporal y lo registra como Auxiliar de la Función Aduanera.
Espero que lo que se publique en este blog sea de su agrado y que le sea de utilidad. Bienvenido!!!
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